qué es el ciberacoso

¿Qué hacer en un caso de ciberacoso?

Hablamos del ciberacoso como comportamiento delictivo al referirnos al acoso o intimidación realizada a través de la tecnología, ya que puede utilizarse desde una aplicación de mensajería, una plataforma de juegos, redes sociales o a través del móvil. El acoso como tipo delictivo requiere que ocurran de manera reiterada la persecución y búsqueda de establecer contacto con la víctima, la utilización de los datos personales de esta o atentar contra la libertad o el patrimonio de la víctima.

Aunque el acoso y el ciberacoso suelen suceder en paralelo, el ciberacoso por producirse a través de medios digitales deja un rastro que puede ser utilizado como prueba en un proceso judicial. Dada la sensibilidad del tema, es especialmente relevante que el asesoramiento jurídico en estos casos provenga de un experto en la materia. Pero además, que se realice con especial empatía y atención a las circunstancias personales de la víctima, especialmente si se trata de un menor.

¿Cómo reconocer el ciberacoso?

El acoso digital cumple una serie de requisitos para ser considerado como tal y aunque busca atemorizar, enfadar o humillar a sus víctimas, debe trascender la molestia y la preocupación para alcanzar el tipo delictivo. Estas son algunas de las particularidades del caso:

– Abuso de poder: los agresores que realizan el ciberacoso o ciberbullying lo hacen sobre víctimas que están en una situación de vulnerabilidad física, psicológica o social respecto a ellos.

– Consciencia de los actos: el agresor ciberacosa con la voluntad de hacer daño a su víctima sin importarle las consecuencias de su abuso.

– Recurrente: el ciberacoso es constante y frecuente.

– Personas conocidas: suele haber alguna proximidad entre víctima y acosador o están en círculos similares.

– Causan daño y humillación: desde insultos, mentiras perjudiciales, difusión de imágenes y rumores falsos, hasta el daño psicológico consecuente de todo lo anterior. 

¿Qué medidas legales se pueden tomar ante el ciberacoso?

La legislación española contempla como un delito penal el ciberacoso cuando se produce entre menores de edad y en entornos educativos. La pena asociada al tipo penal va de tres meses a dos años de cárcel y es posible multar de 6 a 24 meses al agresor (si la víctima es un menor puede ser indemnizado desde 3000€). Cuando la víctima de ciberacoso es muy vulnerable por edad o motivo de salud se puede aplicar directamente la pena de cárcel de seis meses a dos años sin multa.

Para el caso concreto en el que existiese una relación sentimental -sin necesidad de convivencia- entre víctima y agresor, o bien el ciberacoso ha afectado a descendientes, ascendientes y familiares del ex cónyuge, la pena correspondiente es cárcel de uno a dos años. Puede contemplar además trabajos para la comunidad de 60 a 120 días.

¿Cómo denunciar un caso de ciberacoso?

Ante la sospecha de estar siendo víctima de ciberacoso o que lo esté siendo alguien de su entorno, el procedimiento previo a denunciar es certificar los mensajes del acosador y el momento en el que fueron enviados y después, hay que notificar esos datos a la Unidad de Delitos Informáticos de la Policía. Es importante no eliminar ninguna prueba que pudiera ser reveladora, especialmente aquellos mensajes donde quede patente la violencia del acosador o su intimidación. En caso de recibir una provocación que busque una respuesta violenta de la víctima, es importante no responder ni entrar en una escalada de la tensión o la violencia. 

En Liber Estudio Jurídico somos expertos en delitos de ciberacoso y ciberbullying ya que tenemos una amplia experiencia en Derecho penal. Además, nuestro despacho en Madrid cuenta con un equipo humano y profesional de total confianza, que sabrá asesorarte y acompañarte en todo el proceso. Si tienes dudas respecto a la gravedad de tu caso o cómo tramitar los siguientes pasos, agenda una cita con nosotros y nuestros abogados penalistas te explicarán el mejor procedimiento a seguir para tu máxima tranquilidad. 

Scroll al inicio