¿Puedo pedir préstamos después de la Ley de la Segunda Oportunidad?

Si para cancelar tus deudas como persona física, ya seas particular o autónomo, has acudido a la Segunda Oportunidad, una de las dudas más comunes es si puedes volver a pedir préstamos después de la Ley de Segunda Oportunidad y que te lo concedan. Como las entidades revisan los registros, acogerse a la LSO es uno de los métodos para ser borrado definitivamente de las listas de morosos, pudiendo ser indemnizado si esto no sucede.

Una vez se cancelan las deudas con la LSO y se suprimen los datos del particular del registro, los bancos y financieras no pueden negar el crédito al cliente y se le puede conceder un nuevo préstamo. La Ley de Segunda Oportunidad permite recuperar la salud financiera sin que queden cargas ni aparezca en un expediente.

¿En qué consiste la Ley de Segunda Oportunidad?

Es un mecanismo para que los particulares o autónomos renegocien sus deudas y puedan ser liberados de su pago. Para acogerse a la LSO los deudores han de reunir ciertos requisitos: justificar que no disponen de suficiente patrimonio para pagar las deudas; que la deuda no supere los cinco millones de euros, y que se contrajera de buena fe.

La duración del proceso de negociación contemplado por la Ley de la Segunda Oportunidad es como máximo de dos meses. Esto se debe a que se pretende evitar la frustración de los acreedores abriendo la posibilidad de que reciban algún pago en el futuro próximo.

Para los autónomos, acogerse a la LSO con éxito supone la cancelación de todas sus deudas (salvo aquellas públicas, hasta cierto límite, y las pensiones de alimentos) dado que este mecanismo que le permite renegociar con bancos, proveedores, colaboradores o arrendatarios, la deuda privada que hayan contraído con ellos.

El beneficio de la Segunda Oportunidad permite al particular o autónomo exonerar todas sus deudas y que desde el momento de ser beneficiario figure en un registro especial, pero no como moroso, durante cinco años hasta borrarse completamente.

¿Qué hay que hacer para pedir préstamos después de la Ley de Segunda Oportunidad?

El primer paso antes de solicitar un nuevo préstamo es hacer la tramitación para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. Para ello hay que presentar los documentos que establece la ley de la forma que indica para que pueda aceptarse la petición. Se trata de la siguiente información:

  • Identificación personal, con partida de nacimiento y empadronamiento.
  • Números y certificados de cuentas bancarias de las que sea titular.
  • Datos de vehículo, si hubiera.
  • Información de catastro para bienes inmuebles (inscripción del registro de la propiedad y escritura).
  • Listado de gastos mensuales habituales (suministros como gas, electricidad, telefonía, transporte, seguros…).
  • Lista de los acreedores, nombre, dirección, correo electrónico, importe de la deuda y plazo de vencimiento de la misma.
  • Contratos de préstamos y tarjetas.
  • Tres últimas nóminas y tres últimas declaraciones de IRPF.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Para procedimientos judiciales es necesario adjuntar el acreedor que demanda, cuantía y costes, número de procedimiento y juzgado.

Esta información necesaria para acceder a la LSO, es la misma que exige la solicitud de un nuevo préstamo y aparece registrada en la Central de Información de Riesgos de España (CIRBE) junto a la información de los préstamos, avales, créditos y riesgos asumidos por el particular. Esta información la revisan las entidades financieras antes de conceder un préstamo, cruzando los datos con el de bases de morosos como ASNEF.

Aspectos clave de cancelar las deudas con la Ley de Segunda Oportunidad

Aunque la LSO se aprobó en 2015, es una de las más desconocidas por parte de los españoles, que gracias a ella pueden hacer frente a cuantiosas deudas y continuar con su negocio o, incluso, emprender uno nuevo sin cargas anteriores. Además, la reforma concursal supuso cambios importantes en la LSO:

–    Reducción de los plazos procesales para conseguir cancelar las deudas y se elimina la fase extrajudicial;

–    Pueden cancelarse las deudas sin que haya que liquidar todo el patrimonio del deudor;

–    Se cancelan las deudas hasta un máximo de 10.000 euros con Hacienda y otros 10.000 euros con la Seguridad Social.

El éxito del mecanismo de la Segunda Oportunidad a la hora de reestructurar o liberar las deudas dependerá del caso particular y también de la profesionalidad del asesoramiento. En Liber Estudio Jurídico tratamos con diligencia los casos de cancelación de deudas para asesorarte y presentar la documentación en tiempo y forma. Cuando se cancelan la totalidad de las deudas, automáticamente se procederá a borrar al antes deudor de los registros de morosos como ASNEF, RAI y de otras bases de datos como CIRBE, por lo que puede volver a solicitar un préstamo o comenzar una nueva aventura empresarial si así lo desea. 

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